29 de Agosto 2004

Murphy y el Diseño Gráfico.

La ley básica de Murphy es: Si algo puede ir mal, irá...

He aquí algunos enunciados de la ley de Murphy (o atribuidos a él), especialmente aplicados al campo de la electrónica.

PROYECTOS y DISEÑO

- En todo presupuesto el costo final excederá el gasto previsto por un factor de 3.
- Si el modelo de prueba funciona perfectamente, el producto terminado jamás.
- En un cálculo matemático, todo error que pueda filtrarse, lo hará. Y será en el sentido que más daño haga en el cálculo.
- En cualquier cálculo dado, la cifra que obviamente es la correcta, será la raíz del error.
- Las valores siempre se indicaran en los términos menos usuales. Por ejemplo potencia en WPMPO, etc.
- Las tolerancias se acumularan unidireccionalmente hacia la máxima dificultad del proyecto.
- La probabilidad de omisión de un valor en un diagrama, es directamente proporcional a su importancia.
- Las especificaciones de los fabricantes sobre el rendimiento se deben multiplicar por un factor igual a 0,5.
- En especificaciones, la Ley de Murphy anula la ley de Ohm.

ENSAMBLADO
- Si un proyecto requiere de "n" componentes, la disponibilidad será de "n-1".
Las partes intercambiables no lo serán.
- Partes que no deberán ni podrán ser armadas indebidamente, lo serán.
- La pieza más delicada, siempre se caerá.
- El manual de armado y/u operación se botará con el material de embalaje.
- El recolector habrá pasado 5 minutos antes su carrera al deposito de basura.
- La necesidad de una modificación de diseño de mayor entidad aumenta a medida de irse completando el armado y cableado de la unidad.
- Un componente seleccionado al azar de un grupo con una confiabilidad del 99%, pertenecerá al 1%.
- La disponibilidad de un componente es inversamente proporcional a su necesidad.
- De necesitarse una resistencia (o condensador) de determinado valor, no se encontrará. Más aún, no se podrá lograr mediante ninguna combinación serie o paralelo.
- Todo cable cortado a la medida será demasiado corto.
- Si los cables se pueden conectar de dos o más formas diferentes, la primera de ellas es la que causa más daños.
- Los miliamperimetros serán conectados en paralelo, y los voltímetros en serie con la fuente de poder.(…)

CLIENTES
-El cliente que paga menos es el que más se queja.
- El cliente que llama todos los días para preguntar si esta reparado su aparato, tardara 3 semanas en pasar a recogerlo cuando esté terminado.
- Si hay dos maneras de pronunciar el nombre de un cliente, usted lo pronunciará de la que no es.
- No importa cuanto les cobre, si no es gratis, siempre les parecerá caro.
- El 50% de los usuarios de aparatos electrónicos solo lee las instrucciones después de haber estropeado el equipo con su uso indebido, el otro 50% ni aun así las lee. (…)

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Escrito por CFCG a las 11:38 PM | Comentarios (0)

21 de Agosto 2004

El Cliente no es lo Primero

Cuántas veces nos han dicho lo contrario.
Cuántos afiches, cuántos botones en la solapa,
cuántos autoadhesivos, cuántas reuniones de motivación
empeñadas en explicar a los empleados que "El Cliente
(así, en mayúsculas) es lo más importante en esta empresa".
"El Cliente es el que paga nuestros salarios". "Primero El Cliente,
segundo El Cliente y tercero El Cliente". "¡El Cliente manda!".

Y sí El Cliente es el que da órdenes, la consecuencia
natural es que el empleado debe obedecer. Se crea entonces
una relación de amo-esclavo, jefe-subordinado, superior-
inferior, que nunca trae consecuencias buenas. Una relación
ganar-perder que se repite cientos de veces cada semana
y que genera los sentimientos más contraproducentes
en cada uno de los participantes.

Por una parte, El Cliente al sentirse superior, va a considerar
que Usted, sus empleados y su empresa son inferiores.
Así de simple. Y aunque usted no lo crea, sólo una minoría
disfruta con ese "delirio de grandeza". La mayoría de los
clientes se sentirán incómodos en ese papel de ser los "jefes"
de los empleados de otro. Especialmente ahora que existen
tantos medios automáticos de compra (máquinas vendedoras,
cajeros automáticos, líneas de atención telefónica,
Internet, etc.) en los que con solo apretar
un botón o hacer "clic" con el mouse, se puede obtener
cualquier cosa. Hoy en día, las personas que se deciden
a consultar a otra persona (su empleado), desean, ante
todo, un contacto humano. No quieren hacer "clic"
en una persona y que resulte un producto o servicio.
Quieren tratar con alguien que sea,
si no superior, al menos igual a ellos.

Por la otra parte, el empleado que se siente inferior lo mostrará
en todos los instantes de la interacción. Se le notará
su insatisfacción con lo que hace y con la empresa a la que
pertenece. Se verá su afán de cerrar la venta y de "despachar"
al cliente lo más pronto posible. Por eso que el empleado tiene
que ser superior al cliente. Tiene que saber más, tiene
que ser más feliz,tiene que estar más sano,
más satisfecho con su vida y con lo que hace, sentirse
mejor ser humano y estar dispuesto a transmitirlo.(…)

Por eso es que, personalmente, no soporto cuando me reciben
en algún lugar con la frase "¡A la orden!" Me siento ofendido,
disminuido, humillado:

"No señor (o señora), yo no vengo a darle órdenes.
Vengo a que me convenza de que mi decisión de cruzar la puerta
de su negocio fue la mejor que pude haber tomado hoy.
Vengo buscando respuestas y espero que usted las tenga.
Vengo a que me permita refugiarme algunos minutos en su
negocio y espero que sea un lugar en el que me sienta
bien. Allá afuera hay mucho malestar, mucho mal genio,
demasiadas caras largas. Espero que aquí dentro haya alegría,
porque pienso llevarme un poquito. ¿Sí tiene?"

La satisfacción del cliente es una consecuencia directa
de la satisfacción del empleado. ¿Cómo se le puede exigir
a un empleado que sea capaz de "vender satisfacción"
si él mismo no sabe qué es eso?.
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Escrito por CFCG a las 4:39 PM | Comentarios (1)

16 de Agosto 2004

Sentirse superior.

En la lista de los: DG’s de Colombia ,
se ha hablado últimamente sobre el tema de la tolerancia:

"No llamo ciencia a los estudios solitarios
de un hombre aislado. Sólo cuando un grupo
de hombres, más o menos en intercomunicación,
se ayudan y se estimulan unos a otros al comprender
un conjunto particular de estudios como ningún
extraño podría comprenderlos, [sólo entonces] llamo
a su vida ciencia". — Charles S. Peirce, "The Nature of Science",
MS 1334, Adirondack Summer School Lectures, 1905.

Al crear grupos de pensamiento, donde no se busque
la diferencia ni se reafirmen identidades para separarse
del otro sino al contrario: se trate de buscar formas de unión,
que permitan alcanzar metas en común:
mejorara la calidad de vida de todos.

De la arrogancia y el individualismo (oportunidad
para sentirnos superiores), provienen las humillaciones
(ser Negro, blanco, amarillo; viejo o joven; religioso
o ateo; homosexual o heterosexual, bonito o feo;
gordo o flaco, pobre o rico; de el campo, pueblo o ciudad;
empírico o profesional; trabajar en PC, MAC o linux…;
trabajar freelance, estar empleado en una empresa pequeña
o en una empresa multinacional; diseñar en Corel, Ilustrator
o Freehand…; trabajar con o sin concepto…
y todas las diferencias habidas y por haber).

Sentirse superior:
(…) el fascismo es algo que se aprende y hay que entrenarse
constantemente para mantenerlo en forma. Hay que ejercitarse
diariamente en el desprecio de los otros, de los demás.
Hay que entrenar constantemente los ojos para verse
a uno mismo como una maravilla incomparable
y a los demás como excremento de perros, aunque la realidad
le diga a uno otra cosa. Hay que convencerse a sí mismo
de que uno es superior por naturaleza, y de que el resto
del Universo es inferior por naturaleza.(…) seguir leyendo
en http://members.tripod.com/~Vidales/genes.htm

¿Por qué se rechaza y hasta se persigue
al 'diferente', al de 'aspecto extranjero', al
'raro'? ¿Por qué se lo considera un 'enemigo'?
Creo que esa hostilidad surge, en primer lugar,
del cuestionamiento de las propias peculiaridades,
planteado por esas 'divergencias'.— Iring Fetscher,
"La Tolerancia", una pequeña virtud imprescindible
para la democracia. Panorama histórico y problemas
actuales, Gedisa editorial.

Los invito a leer / opinar sobre la siguiente propuesta,
para educar hacia el respeto y la tolerancia
en algunos sistemas viales que se utilizan en Colombia:
Haciendo arquitectura para educar

Escrito por CFCG a las 1:53 PM | Comentarios (1)

12 de Agosto 2004

Acostumbrados a malvivir.

¿Hay que "COMPLACER CAPRICHOS" de nuestros comitentes?
(cuantos de nosotros complacemos caprichos como:—lo quiero mas moderno, mas a la moda, mas loco y alegre, para que el diseño no se sienta tan frió, o cuantas veces no hemos trabajado de mala gana afanados y estresados, por que a el cliente le dio por viajar al día siguiente y necesita el trabajo
para ayer (por que si, por que el es el cliente) y nosotros no tenemos el valor suficiente, para decir "NO").

Los DG's podemos sacar unas horas de nuestro día a día, para dedicarnos a re-construir lo que nos rodea como DG's (re-pensar los ámbitos; académico, legal y laboral), para después compartirlo con el que lo necesite y empezar a cambiar el primitivismo de la mayoría de DGs, que piensan en salir de la crisis económica, fundando un negocio propio, en donde se pueda explotar y humillar a los que se atraviesen, repitiendo la historia y solidificando mas el circulo vicioso de la realidad Colombiana (Enalteciendo lo que se escucha en las desafortunadas calles de Colombia en donde el "sobrevivir" gracias a la "pobreza" es la ley: "Dios ayuda pero al mas avispado", "Cada día sale un bobo a la calle y de buenas el que lo agarre").

Creo que los diseñadores no conocemos, ni la cuarta parte de las responsabilidades que adquirimos al ejercer, ejemplo: - Pensamos que ser DG's significa trabajar horas y horas gratis, gracias a la falsa creencia: los bohemios, creativos y artistas "no tienen horario para crear", nos engañamos creyendo que regalando el trabajo, algún día llegaran los premios,
las condecoraciones, la fama y por defecto la felicidad (a la final nos acostumbramos a sobrevivir con cualquier hueso, mientras nuestros comitentes cobran hasta el ultimo centavo).

Escrito por CFCG a las 11:17 PM | Comentarios (4)

6 de Agosto 2004

El lado oscuro de mi disco duro.

En las empresas (Agencias de Publicidad multinacionales y locales):

a) Cuando te van a contratar, te dicen:
— Espero que no le cuentes a nadie sobre tu sueldo,
pues esto, es información confidencial de la empresa.
y uno dice mentalmente:
— ¡Deberían sentirse orgullosos
de este sueldazo que me pagan! ¿no?,
— ¿Pero, por que tanto misterio?,
— ¿Que será lo que esconden?,

b) Cuando te van a subir el sueldo (¿siempre es un misterio?):
Casi siempre te llama tu jefe directo (Director Creativo)
en una sala aparte y te dice en voz baja, mirando para los lados,
como con miedo:
— No digas nada, quédate calladito:
pero ya es un hecho, te vamos a subir el sueldo,
(no te dice cuando, ni de cuanto, va a ser tu aumento salarial),
mientras tanto, mentalmente uno piensa:
— !QUE BIEN!, ¿De cuanto será mi aumento?,
— ¿me lo estará diciendo solo para subirme el animo o será de verdad?,
— ¿si el es mi jefe debería hablarme con mas claridad?,
— ¿Será que le dio miedo preguntar: de cuanto será mi aumento?,
— ¿Será, por que si los demás se enteran, entonces empiezan
todos a pedir aumento de sueldo?,
— ¡Pero si esta empresa es una de las mejores en el país / mundo,
todos deberíamos ganar muy bien!,
— ¿De cuanto va a ser mi aumento?,

c) En las empresas (agencias de publicidad) multinacionales:

— ¿Por que los empleados de la filial de Chicago o de la filial de Londres
que manejan la publicidad de los mismos clientes, que la filial Venezuela
o en la filial Colombia, no les pagan el mismo sueldo?:
— ¿Será por que Latinoamérica esta en crisis?,
— ¿y si el país esta mal económicamente, entonces por que la empresa
factura tanto dinero con los trabajos que los clientes publican?,
— ¿Tan raro verdad?,
— ¿si el país / empresa esta mal económicamente, entonces
por que tendré que trabajar gratis: en horas de almuerzo, noches,
madrugadas y fines de semana?.

¡Ah! ya se, debo darle gracias a dios y a la virgencita
que tengo empleo: Es obvio que el dinero llegara con el tiempo,
ganando Leones en Cannes y todos los premios que existan,
claro… para ser famoso y que luego me contraten en otros países.

Escrito por CFCG a las 1:38 AM | Comentarios (8)

1 de Agosto 2004

Declaración Universal de los Derechos humanos

Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (iii) del 10 de diciembre de 1948

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió
a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".

Preámbulo

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base
el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e
inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en
cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;

La Asamblea General

proclama la presente

Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose
constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y,
dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta
Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su
persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o
degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su
personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual
protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales
nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos
fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a
regresar a su país.

Artículo 14

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente
originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y
principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar
de nacionalidad.

Artículo 16

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de
religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país,
directamente o por medio de representantes libremente escogidos.

2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad
social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación
internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una
limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La
instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de
la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá
de darse a sus hijos.

Artículo 27

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional
en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan
plenamente efectivos.

Artículo 29

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella
puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda
persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en
oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confierederecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender ydesarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

Texto tomado de http://www.un.org/spanish/aboutun/hrights.htm

Escrito por CFCG a las 5:02 PM | Comentarios (1)